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PROHIBIDO en Córdoba la habilitación de Discotecas y Boliches
Estimados Vecinos de Villa del Rosario
Días pasados habíamos mantenido reuniones con autoridades del Gobierno de la Provincia, Intendentes de la Región y distintas autoridades donde se había acordado la apertura de espacios para contener el fenómeno social de los jóvenes con las fiestas clandestinas que es una problemática que se extienden por todo el País.
Se había concluído, acta de por medio, habilitar espacios con determinadas características y medidas especiales para cumplir con el requisito de las noches del 24 y 31, contener esta situación.
El lunes 22 por la tarde, nos informaron desde el Gobierno de la Provincia que iban acatar la disposición que establece el DNU Nacional 1033/2020 que prohíbe la habilitación de boliches y/o discotecas en la cual también queda absolutamente claro la cantidad de personas que están permitidas tanto para lugares cerrados, como al aire libre, con la expresa indicación que en el caso de no acatar dicha norma, la justicia procederá a sancionar a quienes la infrinjan.
Por lo tanto, en Villa del Rosario, no se podrá utilizar el predio del Festival, como estaba previsto inicialmente. Entendemos que es una situación especial para todos, pero debemos hacer el esfuerzo para transcurrir unas fiestas en paz, encontrarnos con la familia, seres queridos,amigos y celebrar, pero dentro de las normativas previstas y principalmente manteniendo las medidas sanitarias de prevención ya conocidas por todos.
Desde el Municipio, dispondremos de operativos especiales de control para la noche del 24 y 31, para colaborar con la Policía de la Provincia
DISCOTECAS Y BOLICHES NO ESTÁN HABILITADAS
- Lo establece el DNU Nacional 1033/2020
- Su habilitación infringe la ley vigente y quedará sujeta a las sanciones pertinentes.
El Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la Fiscalía de Estado, hace saber que conforme el DNU 1033/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, vigente desde hoy y hasta el próximo 31 de enero de 2021, está prohibida la realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a CIEN (100) personas.
Al mismo tiempo, según el artículo ocho (8) de dicho decreto nacional, también están prohibidos los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de VEINTE (20) personas en espacios cerrados.
Por consiguiente, queda establecido en el DNU, que las actividades relacionadas al rubro discotecas y boliches no están permitidas, y que su habilitación infringe la ley vigente y quedará sujeta a las sanciones que prevé la misma.
Cabe aclarar que se encuentra exceptuada de esta comunicación la actividad de teatros, con el protocolo correspondiente, y toda aquella habilitada con anterioridad.
Al mismo tiempo, están autorizadas las reuniones familiares de hasta 20 personas en espacios abiertos o cerrados por motivo de las fiestas de fin de año, y también los eventos sociales de hasta 100 personas en espacios públicos al aire libre.
Es importante destacar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad relacionadas a la prevención de la transmisión del coronavirus.